La Mañana por Paulina

    Corte Suprema descartó que Carabineros haya vulnerado garantías constitucionales al efectuar seguimientos a tres dirigentes social

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    De forma unánime, la Sala Penal de la Corte Suprema confirmó el fallo dividido de la Corte de Apelaciones, el cual establece que los “seguimientos” de actividades de tres dirigentes sociales no constituyen una vulneración a los derechos de libertad personal y seguridad individual.

    Esto tiene directa relación con el recurso de amparo contra Carabineros que presentaron en noviembre pasado los senadores Andrés Navarro (País Progresista) y Yasna Provoste (DC), a favor del secretario general de Modatima (Movimiento de Defensa por el Acceso al Agua, la Tierra y la Protección del Medioambiente) Rodrigo Mundaca; el presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (Anef), José Pérez; y el presidente del Colegio de Profesores, Mario Aguilar.

    De acuerdo a la acción impulsada, que apuntaba como responsables al general director de Carabineros, Mario Rozas y el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, los tres dirigentes gremiales estaban siendo víctimas de espionaje injustificado “por parte de agentes del Estado”.

    En la sentencia, los magistrados argumentaron que todo lo documentado fue recopilado “de fuentes abiertas de información pero, en ningún caso, ha realizado alguna medida intrusiva que afecte las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual de los amparados, lo cual debe ser autorizado por la autoridad judicial competente, en el marco de una investigación penal pero que este no es el caso”.

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