La Mañana por Paulina

    LEY STICKER | Cámara aprobó en general proyecto que sanciona daños en medios de transporte público, señaléticas e infraestructura asociada

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    Luego de un largo debate, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en general el proyecto, en segundo trámite legislativo, que sanciona los daños en los medios de transporte público de pasajeros y en la infraestructura asociada a dicha actividad (boletín 12467).

    La iniciativa, presentada a la Sala conforme al texto planteado por la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, contempló importantes cambios respecto de la redacción aprobada previamente por el Senado. Uno de los principales puntos modificados dice relación con eliminar el artículo primero que dicha Corporación proponía.

    Justamente, la norma buscaba sancionar con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y una multa de 20 UTM los atentados en contra de un bus, tren, embarcación, aeronave u otro tipo de vehículo que preste servicios de transporte público, así como a las infraestructuras asociadas a ellos. Además, se consideraban agravantes.

    La propuesta contempla también una disposición que sí fue aprobada por la Comisión, que sanciona con una multa de 20 UTM a aquel que, sin la autorización correspondiente, proceda a pintar o grabar con mensajes, firmas, rayados, dibujos u otras figuras o expresiones, escritos, inscripciones o grafismo a vehículos que presten servicios de transporte público, a bienes asociados a dicha actividad o a señalética vial o letreros camineros.

    A la hora de las votaciones, el proyecto fue aprobado en su idea de legislar por 71 votos a favor, 62 en contra y ocho abstenciones. Al ser objeto de indicaciones (algunas en la línea de restituir los lineamientos del Senado y otras para sustituir el texto por una nueva apreciación), la propuesta fue devuelta a la Comisión técnica para un segundo informe.

    En el debate, el oficialismo defendió la propuesta y llamó a sancionar los actos de delincuencia y la violencia que se manifiesta en el transporte público, que generan temor e inseguridad en la población, ponen en riesgo la seguridad de las personas e interrumpe un servicio de utilidad.

    Además, se dijo que existe legislación comparada que va en la misma dirección y se pidió considerar que, en un Estado de derecho, es importante respetar la sana convivencia y la propiedad de terceros, más cuando se trata de elementos y infraestructura vitales para el desenvolvimiento de la población.

    En la oposición hubo variadas posiciones. Particularmente en la izquierda, hubo una crítica generalizada a la iniciativa, al estimar que va en la dirección de penalizar la manifestación social y en contra del derecho de expresión. Se refutó la pertinencia, además, de tipificar nuevas sanciones para actos que pueden ser abordados por normas ya vigentes en el Código Penal.

    Otros se manifestaron en pro de legislar, pero realizando adecuaciones al texto propuesto, al considerarse que presenta dificultades técnicas, como es plasmar estas sanciones en la Ley de Tránsito y no en el Código Penal, en lo referente al delito de “Daño”. Además, algunos solicitaron reconsiderar la magnitud de algunas de las penas o definir una tabla de aplicación proporcional.

    El centro político dijo apoyar el proyecto al tener una finalidad de protección a un elemento de valor para las familias más vulnerables. Asimismo, se estimó que las penas son proporcionales al daño y se alertó que, en la práctica, no van a significar penas privativas de libertad.

    Cabe mencionar que, datos aportados por el Gobierno dan cuenta que el promedio anual de buses vandalizados en los últimos 7 años es de 3.919 buses/año y que el 61,7% de la flota es vandalizada anualmente. El gasto anual promedio por vandalismos en los últimos siete años (2012 – 2018) es equivalente a MM$ 5.300.

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