La Mañana por Paulina

    Senado aprueba en general proyecto de ley que regula el derecho de filiación de hijos e hijas de parejas del mismo sexo

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    Con 27 votos a favor, 13 en contra y una abstención, la Sala aprobó las ideas matrices del proyecto que regula el derecho de filiación de los hijos e hijas de parejas del mismo sexo, el que cursa su primer trámite.

    Con este resultado, el texto volverá a la Comisión Especial encargada de tramitar Proyectos de Ley relacionados con los Niños, Niñas y Adolescentes (Comisión de Infancia), donde deberán analizarse las indicaciones que presenten hasta el 3 de agosto próximo, por parte tanto de senadores como del Ejecutivo con el fin de perfeccionar el texto legal.

    La iniciativa, originada en una moción de los senadores Isabel Allende, Adriana Muñoz, Alfonso de Urresti, Felipe Harboe y Ricardo Lagos, llegó con informe de mayoría a la Sala.

    Durante el debate, los senadores hicieron presentes sus distintas posturas sobre la iniciativa. Por una parte, se defendió la importancia de preservar el concepto natural, pues “los hijos tienen padre y madre”, y se dejó constancia de que el texto legal “pone en el centro a los adultos que quieren ser padres y no, el interés superior del niño. También algunos parlamentarios advirtieron que esta norma sería “el primer paso para legislar respecto al matrimonio igualitario”, por lo que el proyecto fue calificado de “engañoso”.

    Desde la otra vereda, los parlamentarios impulsores de la iniciativa plantearon la importancia de terminar con “la discriminación que viven los niños de parejas homoparentales”, calificando el texto como “un acto de justicia”. En tal sentido, se mencionó “la histórica sentencia dictaminada por la jueza Macarena Rebolledo -del Segundo Juzgado de Familia de Santiago- en junio pasado, que ordenó al Registro Civil a inscribir a un niño en su partida de nacimiento como hijo de dos mujeres”.

    Estos legisladores recordaron cómo ha avanzado la legislación impulsada por los cambios tecnológicos. Se mencionó el debate de los derechos de los menores nacidos fuera del matrimonio y el que se dio en el marco del Acuerdo de Unión Civil. A su vez, se hizo ver que los tratados internacionales han reconocido los nuevos tipos de familia.

    PROYECTO

    En lo fundamental, el proyecto busca regular la situación de homoparentalidad, que a pesar de constituir una realidad en nuestro país, carece de una protección legal, lo que hace necesario el establecimiento de un estatuto jurídico que aborde los derechos de filiación para los hijos de parejas del mismo sexo, desde la perspectiva de su reconocimiento y determinación de la autonomía reproductiva de estas últimas y del procedimiento de adopción al que las mismas puedan optar.

    Para ello, otorga el carácter de madres del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, a ambas mujeres que conforman una pareja que han optado, conjuntamente, por este tipo de filiación, y no únicamente -como sucede bajo la legislación vigente- sólo a la mujer que lo dio a luz.

    Asimismo, reconoce como tipo de filiación, junto a la matrimonial y la no matrimonial, y por lo tanto les reconoce todos los derechos de filiación, la del hijo de una pareja de mujeres del mismo sexo.

    Por otra parte, permite que la declaración de reconocimiento de un hijo sea presentada por ambas madres ante el Oficial del Registro Civil o al momento de celebrarse el acuerdo de unión civil de los padres o madres.

    También reconoce la autonomía reproductiva de la persona, incluye su derecho a fundar una familia y a acceder igualitariamente a la tecnología necesaria para ejercer ese derecho, prohibiéndose el condicionamiento al acceso a éstas últimas por ninguna razón, en especial por motivos de inexistencia de estabilidad en la pareja; una determinada orientación sexual o del diagnóstico de infertilidad; y hace aplicables a los convivientes civiles, las normas sobre la adopción.

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