La Mañana por Paulina

    Corte de Iquique rechaza recurso de protección por falta de control fronterizo y atención a migrantes

    El recurso fue presentado por la Municipalidad de Iquique el pasado 27 de enero en medio de crisis migratoria en la región de Tarapacá.

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    La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó el recurso de protección interpuesto por la municipalidad local en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera; del ministro del Interior, Rodrigo Delgado; del ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, y del intendente regional, Miguel Ángel Quezada, por la supuesta falta de resguardo fronterizo y la falta de atención adecuada a migrantes.

    En fallo unánime (causa rol 21-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marilyn Fredes Araya, Moisés Pino Pino y el fiscal judicial Francisco Berríos Veloso– rechazó la acción constitucional de protección, al no advertir la existencia de acto u omisión ilegal o arbitrario que puedan ser imputables a las autoridades recurridas.

    “Que del recurso intentado se colige, que se reclama que frente a la actual contingencia sanitaria y realidad migratoria existente en la Región de Tarapacá, y principalmente en la comuna de Iquique, la conducta omisiva de las recurridas se traduce en la falta de resguardo fronterizo y en la falta de atención adecuada respecto de migrantes; amenazándose o atentándose en contra de los derechos en cuya protección se recurre según se detalla en el libelo; añadiendo los terceros coadyuvantes lo que precisan en cuanto a su situación en particular”, establece el fallo.

    La resolución agrega: “Que dicho lo anterior, confrontado el núcleo argumentativo del recurso intentado al contexto social, humanitario y jurídico normativo en que se enmarca la situación debatida, teniendo presente las solicitudes contenidas en la petitoria del arbitrio intentado, así como lo informado por las recurridas, particularmente lo mencionado en el informe evacuado por la Intendencia Regional de Tarapacá, se desprende que se han adoptado diversas medidas, entre ellas, la implementación de Aduanas Sanitarias en Huara y Colchane, Estadías Sanitarias Transitorias en Iquique; contratación de buses para el traslado desde Colchane y Huara hasta los establecimientos respectivos; la práctica de aproximadamente 22.500 PCR y más de 4.000 evaluaciones médicas en los casos que se ha presentado sintomatología sugerente de Covid u otra patología; la disposición de un equipo clínico durante las 24 horas del día; contactos con agrupaciones de migrantes; operativos de control en distintos puntos de Iquique respecto a ocupaciones de espacios públicos efectuados por grupos menores de extranjeros tras su salida de las Estadías Transitorias Sanitarias; además se alude que desde enero del año en curso se han aumentado las acciones de control y mitigación referidas, dándose forma al denominado Plan Colchane, adoptado específicamente para abordar la contingencia en que se funda el recurso”.

    “En similar sentido –prosigue–, en cuanto a las medidas adoptadas, resulta adecuado tener presente lo informado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en la parte que alude que el Gobierno por intermedio de la Secretaría de Estado informante, efectuó dos aportes extraordinarios a las municipalidades, con cargo a los recursos destinados para el financiamiento de situaciones de emergencia, según detalla, refiriéndose que en lo que atinge a la I. Municipalidad de Iquique, las resoluciones pertinentes aprobaron transferencias por $847.651.897 y $1.005.873.076, respectivamente, para enfrentar los mayores costos en que se han debido incurrir, para el cumplimiento de las funciones que corresponde al municipio dentro de la esfera de sus atribuciones, respecto de los hechos que se han expuesto en este libelo, esto, durante el plazo en que se extienda la declaración de zonas afectadas por catástrofe dispuesta en el Decreto Supremo N° 107, de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública”.

    “En consecuencia, de lo descrito en los informes y de los antecedentes aportados en estos autos, no se advierte la existencia de acto u omisión ilegal o arbitrario que puedan ser imputables a las recurridas y que sea susceptible de ser enmendado por esta vía, desde que del mérito de lo argüido por aquéllas, y como en síntesis se ha referido previamente, se puede apreciar que ante la situación sanitaria actual, se han adoptado las medidas tendientes a velar por la protección de los derechos reclamados, de lo cual fluye que se ha asumido una actitud activa por parte de la administración, mediante las acciones que se han estimado idóneas para tal efecto”, concluye.

    La Mañana por Paulina