La Mañana por Paulina

    Imagen región y el rol del Gobernador Regional | Columna de opinión del abogado y sociólogo Eryk Cisternas Jabre

    "El nuevo Gobernador Regional, a diferencia de su antecesor, la figura del Intendente Regional; debe tener un claro conocimiento de las dinámicas sociales de su región, potencialidades, déficit y desafíos, esperanzas, y sobre todo proponer un horizonte hacia donde conducir la región", plantea el columnista.

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    En el contexto de un Estado de carácter unitario, que lentamente ha generado espacios acotados para la implementación de procesos descentralizadores como es el caso de Chile, la figura del Intendente Regional ha sido relevante como representación administrativa del Presidente o Presidenta de la República, y desde el punto de vista simbólico, de su poder político en el espacio local. Sin embargo, no necesariamente la figura de los Intendentes Regionales ha actuado como articuladores efectivos de recursos materiales, sociales y culturales de cara a la satisfacción de las demandas de las comunidades a nivel regional.

    Lo anterior, acontecía dada las limitaciones que imponía el modelo de gestión de la administración del Estado, el cual reducía el papel de los Intendentes a gestores en el espacio local de las decisiones políticas que se adoptaban en el seno del Gobierno central, y a lo más como interlocutor para la representación de las necesidades y requerimientos de las regiones ante la autoridad nacional.

    Así las cosas, el énfasis en la designación de los Intendentes Regionales por parte de Ejecutivo, no requería ni atendía tanto a la capacidad técnica de la persona que asumiera el cargo de Intendente Regional, como sí a factores relacionados con su trayectoria y peso político al interior de las comunidades locales; y a veces sin ningún correlato con estos aspectos, como ha sucedido en la última administración.

    Desde esa perspectiva, la designación de un Intendente requería del consenso del partido o coalición política a la cual pertenecía el postulante; del líder del sector político al cual adhería y cuyo medio natural era el congreso o el respectivo ministerio; y la expectativa de los sectores de la sociedad civil, que pudieran ver en el postulante, la capacidad de generar consenso sobre materias de interés particular.

    Respecto de la administración de los recursos regionales, o bien del impulso de políticas públicas orientadas a la satisfacción de problemáticas locales, los déficit en la capacidad de los Intendentes, se subsanaba con el trabajo de los equipos técnicos locales pertenecientes a las Intendencias Regionales,  o a los Gobiernos Regionales, cuya jefatura era la misma autoridad; y cuyo trabajo se alineaba con las directrices técnicas que entregaron durante las últimas décadas las distintas administraciones nacionales.

    No fueron pocos, lo que miraban la designación de Intendentes Regionales por parte del Ejecutivo, como un mero reconocimiento a la trayectoria o en su defecto a la lealtad, eximiéndolos de la labor de aportar una mirada sobre el desarrollo de la región y su proyección en el futuro, pues para eso, existía el programa de Gobierno nacional.

    Con la publicación de la Ley 21.073, la cual regula la elección de Gobernadores Regionales a partir del año 2020; y la Ley 21.074 sobre fortalecimiento de la regionalización del país, asistimos a uno de los cambios más relevante en materia de modificación de la institucionalidad del Estado desde la década de los noventa, cuando se implementó la ley 19.175 sobre gobiernos regionales y administración regional. Sin embargo, la importancia de la reforma, no se condice con las medidas que se deben adoptar para su adecuada implementación, sin perjuicio de las inquietudes que surgieron respecto de la forma en que se dará la convivencia entre la nueva figura del Gobernador Regional como jefatura de un Gobierno Regional, con más autonomía y responsabilidad; y la figura del Delegado Presidencial, en tanto representante del poder ejecutivo.

    En el mismo sentido, ¿cómo se relacionará el Gobernador Regional con el Presidente o Presidenta de la República, en relación al impulso de políticas públicas destinadas al desarrollo de las regiones? Los nuevos Gobiernos Regionales, deberán asumir progresivamente facultades y funciones que hoy son ejecutadas desde el Estado central, en diversas materias como son desarrollo social, planificación, fomento productivo e innovación, infraestructura, habitabilidad, áreas metropolitanas, desarrollo urbano, transporte, medio ambiente, educación, cultura, ciencia y tecnología entre otras de carácter general.

    Dicho proceso impondrá una tarea de gran relevancia a los Gobernadores Regionales, quienes deberán definir y solicitar aquellas competencias prioritarias para atender a las necesidades regionales. En efecto, la ley gobiernos regionales y administración regional con la reforma incorporada, dispone que los Gobiernos Regionales podrán solicitar la transferencia de competencias, programas y servicios que, de acuerdo con sus particularidades y vocaciones, estimen de gran relevancia para impulsar procesos de desarrollo o de mejoramiento de la calidad de vida de su población. Asimismo, dicho cuerpo normativo establece que se privilegiará la transferencia de competencias que tengan clara aplicación regional, cuyo ejercicio signifique una mejor calidad y oportunidad en la toma de decisiones y una mejor adecuación de la política nacional en el territorio.

    De este modo, el nuevo Gobernador Regional, a diferencia de su antecesor, la figura del Intendente Regional; debe tener un claro conocimiento de las dinámicas sociales de su región, potencialidades, déficit y desafíos, esperanzas, y sobre todo proponer un horizonte hacia donde conducir la región. En definitiva, deberá proponer a la ciudadanía un proyecto o imagen de región, hacia donde liderar y conducir el desarrollo de la comunidad regional. No es una tarea menor, por cuanto implica por cierto capacidad política al objeto de conducir dicho proceso, pero también requerirá de capacidad técnica que permita generar una interlocución adecuada con el gobierno central, del cual depende la delegación de las facultades ya señaladas.

    Ya hace un tiempo que se viene trabajando en los reglamentos necesarios para la implementación de esta reforma, así como en la modificación de la estructura institucional y generación de nuevas divisiones y departamentos para asumir las nuevas funciones; todo lo anterior sin tener claro, de qué manera se reglamentará la administración de recursos fiscales por parte de los gobiernos regionales.

    Y mientras aquello acontece, surgen algunas preguntas: ¿las fuerzas políticas nacionales y regionales se encontrarán reflexionando sobre este proceso? Los candidatos a Gobernador Regional, ¿trascenderán el mero ejercicio electoral, para avanzar en una propuesta de región? Se aproxima la fecha de elección de los Gobernadores Regionales, será el momento a partir del cual, podremos responder estas preguntas.

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