La Mañana por Paulina

    Mypes ya pueden solicitar préstamo para pago de cotizaciones adeudadas de trabajadores con suspensión laboral

    Este beneficio consiste en un monto reembolsable en 5 cuotas anuales, a partir de la Operación Renta 2023.

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    El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que las Micro y Pequeñas empresas (Mypes) ya pueden solicitar el préstamo para el pago de cotizaciones adeudadas de trabajadores con suspensión laboral.

    La solicitud a este beneficio s encuentra disponible desde el 17 de julio a través de sii.cl, hasta el 17 de septiembre de este año.

    Este beneficio deberá ser reintegrado en cinco cuotas, pagadas una vez al año a partir de la Operación Renta 2023. Estas no podrán exceder el 10% de las rentas registradas anualmente por las empresas que lo soliciten.

    Además, si quedara un saldo adicional después del quinto y último pago, este será automáticamente condonado.

    Para acceder a este beneficio, las Mypes, además de registrar deudas en las cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores que hayan estado con suspensión laboral, deben:

    • Contar con inicio de actividades de primera categoría ante el SII antes del 31 de marzo de 2020.
    • Registrar ingresos anuales por ventas de su giro menores a $726.758.250.
    • Tener hasta 49 trabajadores al 31 de marzo del 2021.
    • Cumplir con los requisitos del régimen ProPyme o ProPyme Transparente.

    Adicionalmente, contar con ingresos en por los menos dos meses del 2020 o 2021 (hasta el periodo tributario de abril, que se declara en mayo); o bien, haber contratado a un trabajador durante el año 2020.

    Cálculo de montos y modalidad de pago

    De acuerdo con la información del SII, “el cálculo del monto al que podrán acceder las empresas que deseen solicitar este préstamo, se realizará en base al total de las cotizaciones de seguridad social declaradas y no pagadas de los trabajadores suspendidos entre abril del 2020 a marzo de 2021”.

    Esto, “por medio del cruce de información proporcionada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), el Instituto de Previsión Social y las Superintendencias de Pensiones, de Salud y de Seguridad Social (SUSESO)”.

    Finalmente, con los datos recibidos, el SII enviará la información a Tesorería para que esta realice la transferencia a la AFC, institución que será la encargada de pagar las cotizaciones adeudadas directamente a las instituciones que correspondan.

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