La Mañana por Paulina

    Corte de Arica acoge recurso de amparo y deja sin efecto expulsión de 6 extranjeros

    Tras establecer que la resolución de la autoridad administrativa es ilegal, desproporcionada y carente de fundamento.

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    La Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de amparo presentado por la defensa y anuló los decretos de expulsión, dictados por la intendencia regional, actual delegación presidencial, entre el 2016 y 2019, de seis ciudadanos de nacionalidad dominicana y cubana, quienes habrían ingresado clandestinamente al territorio nacional.

    En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada dejó sin efecto las resoluciones exentas que ordenaron la salida obligada del país de los amparados, tras establecer que la resolución de la autoridad administrativa es ilegal, desproporcionada y carente de fundamento.

    El fallo sostiene “que, si bien la autoridad administrativa, poseía facultades para dictaminar la expulsión de quien ha ingresado al país por pasos no habilitados, de conformidad al artículo 17 de la Ley de Extranjería que regía a la fecha de dictar los actos impugnados, …en este caso no es posible soslayar, considerando que todos han permanecido en el país por más de dos años y se desempeñan en diversos trabajos”.

    Luego relata que en el caso de Jorge Luis Magdalena Castillo, éste contrajo matrimonio con una ciudadana chilena el 5 de marzo de 2020; Ana Cristina Ortiz Abreu, vive con su prima la amparada Ana Elizabeth Ortiz Almonte, quien a su vez vive con su hijo y nieta de nacionalidad chilena; en cuanto a Diomarys Mercedes Lorenzo, vive con su pareja; Esmeralda Ramírez Ramírez, vive con su hermana quien mantiene una permanencia regular en el país y Yissel Álvarez López, contrajo matrimonio el 27 de julio de 2021, cuyo cónyuge de nacionalidad haitiana tiene permanencia definitiva en el país. “Lo anterior, conduce a que la resolución de la autoridad administrativa sea desproporcionada y carente de los fundamentos suficientes en este caso, por lo que sólo resta acoger la acción constitucional invocada”.

    Por tanto, se acogió el recurso de amparo presentado a favor de los 6 extranjeros,  debiendo los amparados regularizar su situación migratoria de conformidad a la normativa vigente.

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